/ UGT-Seguridad-Privada Seguridad-Privada : 1987

martes, 24 de noviembre de 1987

Ilegales para Interior, legales para Trabajo

  • En marcha el 'libro blanco' para la reforma de la seguridad privada



Unos 5.000 trabajadores de la seguridad privada, agrupados en la categoría laboral del guarda de seguridad, mantienen una contradictoria situación jurídica. A los ojos del Ministerio del Interior son ilegales, mientras que el de Trabajo aceptó su legalidad desde 1977, año en que el convenio sobre empresas de seguridad incluyó esta figura y fue registrado por el departamento ministerial. Una futura reforma de la seguridad privada, cuyo primer paso ha sido el inicio de la redacción de un libro blanco, suplirá esta contradicción mediante la legalización del guarda.

La legislación actual sólo admite la existencia de una categoría de agente de la seguridad privada, que es la de vigilante jurado. El vigilante jurado, considerado por un decreto de 10 de marzo de 1978 como agente de la autoridad, porta armas, defensas y grilletes, así como uniforme. Tiene la obligación de jurar el cargo ante el gobernador civil provincial, cuestión que le diferencia del guarda de seguridad, que además no puede llevar armas.El vigilante queda convertido al jurar en un agente de la autoridad con la competencia de proceder a identificaciones, mientras que el guarda de seguridad carece de cualquier homologación.

La figura del guarda de seguridad nació como un servicio más rentable para las empresas. Mientras que un vigilante jurado cobra 84.187 pesetas al mes brutas, un guarda de seguridad tan sólo 60.806, según el convenio del último año. Además, las empresas rebajan el precio a sus clientes si se trata de guardias y no de vigilantes, Fuentes de las empresas añaden una tercera razón: existen clientes que prefieren que los agentes de seguridad no porten armas para dar una mejor imagen al público. A esta suma se puede añadir la obligación por imperativo legal de tener más de 21 años en el caso del vigilante, mientras que para guarda, al no estar reconocido por la ley, cualquier edad es válída.

A favor de la legalización

Todo el sector de la seguridad está a favor de la legalización. de esta figura y el Ministerio del Interior ha mostrado su predisposición a reconocer a los guardas de seguridad. Mientras tanto, ha multado en lo que va de año a 31 empresas por montar servicios con guardas de seguridad. El año pasado el número de multas fue de 40 y en 1985 de 17.Desde el pasado 7 de octubre una comisión formada por patronal y sindicatos se reúne en el Ministerio del Interior con el objetivo de elaborar un libro blanco sobre la seguridad privada, que sentará las bases de una posterior reforma legislativa del sector. La comisión está presidida por Florencio San Agapito, adscrito a la Secretaría de Estado para la Seguridad, cuyo titular es Rafael Vera. Interior pretende así cumplir uno de los objetivos marcados desde la llegada al poder del PSOE, que pasa por la regulación de este complejo sector.

El Sindicato Independiente de Vigilantes Jurados y Trabajadores de las Empresas de Seguridad (SITES) pretende el reconocimiento legal del guarda y su juramentación a los 18 años, con lo que tendría categoría de agente de la autoridad. Teófilo Hidalgo, presidente del SITES, entiende que el guarda, que seguiría sin prestar armas según su planteamiento, debería ser un escalón en la formación de todo nuevo vigilante jurado. Opinión distinta mantiene el Sindicato Independiente de Profesionales de Vigilancia y Seguridad (SIPVS), el segundo en el sector, que es partidario de "una reconversión de los guardas en vigilantes", según manifestó su dirigente Juan Manuel García.

Comisiones Obreras, la Unión Sindical Obrera y la Unión General de Trabajadores -esta última mayoritaria en el sector- piden la creación de una categoría, la de vigilante jurado sin armas, en donde se incluirían los guardas.

Los cinco sindicatos exigen además una mayor formación profesional y mayores controles psicológicos. Esta formación, entienden, debe ser efectuada en centros homologados por el Ministerio de Educación y debe contener no sólo aspectos prácticos, sino teóricos como el de derecho constitucional. La patronal, representada en la comisión por la Asociación Profesional de Empresas Privadas de Servicios de Seguridad, ha mostrado su conformidad con la exigencia de una formación más completa.

http://www.elpais.com/articulo/espana/MINISTERIO_DE_INTERIOR/MINISTERIO_DE_TRABAJO_Y_SEGURIDAD_SOCIAL/PODER_EJECUTIVO/_GOBIERNO_PSOE_/1986-1989/Ilegales/Interior/legales/Trabajo/elpepiesp/19871124elpepinac_17/Tes

http://historiadelaseguridadprivada.blogspot.com/search/label/1983

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