/ UGT-Seguridad-Privada Seguridad-Privada : julio 2013

miércoles, 31 de julio de 2013

Artículo 41 del Convenio Colectivo Nacional de Seguridad Privada | Horquilla de trabajo | Incumplimiento patronal | UGT Informa

A todos y todas los delegados y delegadas de UGT en Seguridad Privada.





CONVENIO DE EMPRESA EN SEGURIDAD | Resolución de 4 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alcor Seguridad, SL.




Estimados compañeros:

Os adjunto la Resolución de 4 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alcor Seguridad, SL,
 


Resolución de 4 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alcor Seguridad, SL.

SERRAMAR VIGILANCIA Y SEGURIDAD,S.A. | Acta de Inspección de trabajo de Cádiz | Acta de liquidación por no cotizar el plus de Vestuario.


viernes, 26 de julio de 2013

OMBUDS SEGURIDAD | ERE | Asamblea de trabajadores de OMBUDS el próximo lunes día 29 de julio a las 19:00 horas en la Sede de UGT(Barakaldo).


NUEVO ERE EN OMBUDS

Ante el nuevo ERE de reducción de jornada, se convoca a todos los trabajadores de OMBUDS a acudir y participar en la asamblea de trabajadores que se celebrará en Barakaldo el próximo lunes día 29 a las 19:00 horas en la sede de UGT.

¡¡¡ACUDE Y PARTICIPA!!!

29/07/2013 a las 19:00


Av Juntas Generales, 4
48901 Baracaldo, Vizcaya

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Prosegur obtuvo un beneficio neto consolidado de 62 millones de euros en el primer semestre del año, cifra inferior en un 11,8% a la del mismo periodo de 2012, cuando la compañía de seguridad privada ganó 70 millones de euros.Prosegur reduce su beneficio un 11,8% en el primer semestre.

La compañía ha destacado que el descenso de su beneficio hasta junio (-11,8%) es inferior al que registró al finalizar marzo (-18%), según ha informado este viernes la empresa a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
El resultado bruto de explotación (Ebitda) de Prosegur se situó entre enero y junio en 188 millones de euros, un 0,7% más. No obstante, a tipo de cambio constante, el Ebitda de la compañía mejora un 5,4%. Por su parte, el resultado neto de explotación (Ebit) bajó un 8,3%, hasta los 126 millones de euros.
Las ventas de Prosegur ascendieron a 1.840 millones de euros en el primer semestre, con un crecimiento del 5% sobre el mismo periodo del año pasado, en el que la facturación de la compañía fue de 1.753 millones de euros.
En España, la facturación de la empresa de seguridad privada registró un descenso del 5,5%, hasta los 447 millones de euros, dato que contrasta con el crecimiento logrado en Alemania, del 3,2%, hasta los 76 millones de euros.
Los ingresos de Prosegur en China, India y Singapur aumentaron más de un 54%, mientras que la facturación lograda por el grupo en Latinoamérica se incrementó un 9,2%, hasta los 1.115 millones de euros, pese a la devaluación del real brasileño y del peso argentino y el repunte de los costes laborales en Brasil.
La compañía ha destacado además que durante la primera mitad del año consiguió reducir su endeudamiento en 51 millones de euros, incrementar la generación de caja y mejorar márgenes.
Prosegur reduce su beneficio un 11,8% en el primer semestre.
Expansión.com

jueves, 25 de julio de 2013

La Audiencia Nacional impide que cientos de convenios caduquen automáticamente

La Audiencia Nacional acaba de dirimir uno de los aspectos más polémicos y complejos de la reforma laboral: el que atañe a la vigencia de los convenios colectivos y que hizo caducar miles de acuerdos que estaban bloqueados el pasado 8 de julio. Sin embargo, la Sala de lo Social considera ahora que los convenios firmados antes de la entrada en vigor de la reforma laboral pueden conservar su vigencia y que esa caducidad no puede aplicarse de forma general a todos los acuerdos.Hasta la entrada en vigor de la reforma laboral, todos los convenios colectivos mantenían su vigencia mientras se negociaba uno nuevo. La reforma laboral cambió este principio y estableció que aquellos convenios que, al entrar en vigor la norma, estuvieran bloqueados (es decir, ya estuvieran fuera de su plazo temporal y cuya negociación estuviera atascada) tenían como máximo un año para renovarse. De no ser así, caducarían, salvo que el convenio incluyera un pacto en contrario entre los representantes sindicales y la empresa. Ese plazo se cumplió el pasado 8 de julio.En su primera sentencia sobre la vigencia de los convenios colectivos tras la entrada en vigor de la nueva norma laboral, que analiza una demanda del sindicato de pilotos SEPLA contra la aerolínea Air Nostrum, los jueces entienden que el periodo de un año de vigencia de los convenios no puede aplicarse de forma inflexible. La sentencia señala que el límite a la ultraactividad (la vigencia indefinida de los convenios) no puede ser inflexible ni imperativo para todos los casos."La Sala considera que la respuesta a este problema exige un apego al caso concreto, puesto que no parece razonable ni jurídicamente realista mantener que todos los convenios denunciados antes de la reforma han finalizado su vigencia el 8 de julio de 2013, sin matiz alguno (puesto que no es eso lo que dice el legislador), ni tampoco que todos perviven como si nada hubiera cambiado en la regulación legal", dice la sentencia. Es decir, que habrá que decidir caso por caso en función de sus peculiraridades.La Sala de lo Social concede gran importancia al contenido del convenio colectivo que los pilotos y Air Nostrum mantenían. En él, las partes se habían comprometido a que el convenio actual permanecería vigente hasta que se negociara uno nuevo. Las negociaciones para un nuevo acuerdo llevaban meses atascadas y la empresa había manifestado su intención de dejar caducar el convenio una vez llegara el 8 de julio y sustituirlo por una declaración unilateral. El Sepla interpuso una demanda de conflicto colectivo porque consideraba que esa decisión vulneraba lo pactado en el anterior convenio.La Sala de lo Social da la razón a los pilotos: interpreta que esa voluntad que expresaron las partes de que el convenio permaneciera vigente mientras hubiera uno nuevo valida que las condiciones laborales sigan en pie después del 8 de julio. Dice también que ya entonces las partes podrían haber establecido un límite a la vigencia y, sin embargo, optaron por no hacerlo. "La posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible para las partes, y escogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que no era su voluntad desplazar el régimen de ultraactividad anual que el legislador ahora propone", señala la resolución.Los magistrados subrayan la existencia de varios elementos que "apuntalan el reconocimiento de validez de los pactos previos" y envian un mensaje al Gobierno: "Otra cosa es que en la práctica, dada la gran cantidad de convenios previos a la reforma, el cambio legislativo pierda fuerza. Pero tal consideración competía al legislador a la hora de diseñar la norma y hemos de presumir que fue sopesada".

http://www.eldiario.es/economia/Audiencia-Nacional-vigencia-convenios-colectivos_0_157134822.html

Fuerte abrazo a Galicia

lunes, 22 de julio de 2013

Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi

Decreto 382/2013, de 9 de julio, de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi (BOPV de 19 de julio de 2013). Texto completo.

DECRETO 382/2013, DE 9 DE JULIO, DE LA COMISIÓN MIXTA DE COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA DE EUSKADI.
De conformidad con lo que establece el artículo 17 del Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta la competencia ordinaria en materia de seguridad pública, protección de personas y bienes y mantenimiento del orden público, a excepción de los servicios extra o supracomunitarios.
Forman parte de la competencia en materia de seguridad pública atribuida a nuestra Comunidad Autónoma, los servicios de seguridad prestados por empresas privadas y su personal, toda vez que como medio de prevención del delito, contribuyen al mantenimiento de la seguridad pública.
La Ley 15/2012, de 28 de junio Vínculo a legislación, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi, en el Capítulo V del Título III, prevé los mecanismos de cooperación y coordinación de actividades complementarias con la seguridad, pues, según indica en su exposición de motivos, ha de procurar la integración de las actividades del sector privado de la seguridad en el conjunto del sistema de seguridad pública, implementando medidas encaminadas a asegurar su colaboración efectiva.
En este sentido, la Ley 15/2012, en su artículo 57, crea la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi, con el fin de facilitar el encuentro e intercambio de experiencias entre el sector de la seguridad privada y la Administración, acogiendo formalmente a los diferentes actores de la seguridad privada en el País Vasco. Este artículo prevé que reglamentariamente se regulará la organización y composición de la Comisión, que deberá garantizar la representación de los sectores afectados.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Seguridad, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 9 de julio de 2013,
DISPONGO:
Artículo 1.- Objeto.
1.- El presente Decreto tiene por objeto regular la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi, en desarrollo del artículo 57 Vínculo a legislación de la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi.
2.- Esta Comisión se adscribe al departamento competente en seguridad pública.
Artículo 2.- Funciones.
Corresponderá a la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi, promover la coordinación de los sectores implicados en esta materia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, desarrollando especialmente las siguientes funciones:
a) Asesorar al departamento competente en seguridad pública sobre los criterios generales de aplicación, desarrollo y coordinación de carácter complementario de la normativa vigente sobre seguridad privada.
b) Proponer criterios de homogeneización de actuaciones administrativas cuando fuesen necesarios.
c) Intercambiar experiencias de los diferentes sectores representados en la Comisión y formular propuestas de procedimientos de lucha contra la delincuencia objeto de la seguridad privada.
d) Conocer e informar sobre los avances técnicos que se vayan produciendo en medidas de seguridad y que, en su caso, puedan sustituir las ya existentes.
e) Proponer criterios de coordinación de las empresas y el personal de seguridad privada con la Ertzaintza y, en su caso, con el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad.
f) Analizar, valorar y, en su caso, proponer actividades de formación del personal de seguridad privada.
g) Ser consultada en relación con los proyectos de normas que puedan afectar al sector.
h) Elevar al departamento competente en seguridad pública, los informes que se estimen convenientes o, que éste le reclame, en su ámbito de competencia.
Artículo 3.- Composición.
1.- La Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi estará presidida por una persona designada por la titular del departamento competente en seguridad pública.
En el supuesto de ausencia, enfermedad o vacante, la presidencia será ejercida por la persona que designe la titular del departamento competente en seguridad pública.
2.- Actúa como secretario de la Comisión una persona adscrita al departamento competente en seguridad pública, que asiste a las reuniones de la Comisión, y puede intervenir en ellas con voz, pero sin voto.
3.- Formarán parte de la Comisión los siguientes vocales:
a) En representación del departamento competente en seguridad pública:
- 5 vocales designados por el departamento.
b) En representación de los establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad:
- Dos vocales en representación del sector de las entidades de crédito.
- Un vocal en representación del sector de las joyerías y platerías.
- Un vocal en representación del sector de las galerías de arte y tiendas de antigüedades.
- Un vocal en representación del sector de las estaciones de servicio y unidades de suministro de combustibles y carburantes.
- Un vocal en representación del sector de las oficinas de farmacia.
- Un vocal en representación del sector de las administraciones de lotería y despachos de apuestas mutuas.
- Un vocal en representación del sector de los establecimientos de juegos de azar obligados a la adopción de medidas de seguridad.
- Un vocal en representación del sector de las empresas de fabricación y distribución de armas y explosivos.
- Un vocal en representación del sector de las medianas y grandes empresas de distribución y centros comerciales.
c) En representación de las empresas de seguridad:
- Un vocal en representación de las empresas autorizadas para la prestación de servicios de vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones, y de las empresas autorizadas para la prestación de servicios de protección de personas determinadas.
- Un vocal en representación de las empresas autorizadas para la prestación de servicios de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial, y de las empresas autorizadas para la prestación de servicios de transporte y distribución de los mismos.
- Un vocal en representación de las empresas autorizadas para la prestación de servicios de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad conectados a centrales de alarma y para la prestación de servicios de planificación y asesoramiento de dicha actividad.
- Un vocal en representación de las empresas autorizadas para la prestación de servicios de explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas y Cuerpos.
d) En representación del personal de seguridad privada.
- Un vocal por cada uno de los dos sindicatos más representativos del sector de la seguridad privada a nivel de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Un vocal en representación del sector de los directores de seguridad.
- Un vocal en representación del sector de los jefes de seguridad.
- Un vocal en representación del sector de los detectives privados.
- Un vocal en representación del sector de los guardias particulares del campo.
e) Un vocal en representación de las empresas autorizadas como centros de formación para impartir enseñanzas de formación y actualización del personal de seguridad privada.
Artículo 4.- Nombramiento y cese de vocales.
1.- El nombramiento y cese de los vocales de esta Comisión serán realizados por la persona titular del departamento competente en seguridad pública, previa propuesta de los sectores implicados.
2.- Los vocales que representan a los establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad, se propondrán de la siguiente forma:
En caso de que haya un único vocal, será propuesto por aquella organización empresarial, legalmente constituida, cuyos asociados cuenten en el ámbito territorial del País Vasco con el mayor número de establecimientos o sucursales en los que se desarrollen cada una de las actividades enumeradas.
En el caso en que sean dos los vocales a elegir, cada uno de ellos será propuesto por cada una de las dos organizaciones empresariales, legalmente constituidas, cuyos asociados cuenten en el ámbito territorial del País Vasco con el mayor y segundo mayor número de establecimientos o sucursales en los que se desarrolle la actividad.
Si no existen organizaciones empresariales con la facultad para proponer en los términos definidos anteriormente, los representantes serán propuestos por las Cámaras de Comercio e Industria vascas.
3.- Los vocales que representan a las empresas de seguridad se propondrán de la siguiente forma:
Cada representante empresarial será propuesto por aquella organización empresarial, de entre las legalmente constituidas, que disponga del mayor número de asociados que tengan su sede social o delegaciones autorizadas en el ámbito territorial del País Vasco, en cada una de las actividades enumeradas en el artículo 3.3.c).
En los casos en que no existan organizaciones empresariales con la facultad para proponer en los términos definidos anteriormente, el representante de este sector empresarial lo propondrá la empresa de seguridad que sea contratista del mayor número de los contratos correspondientes a esos servicios prestados en el País Vasco.
4.- Los vocales que representan al personal de seguridad privada se propondrán de la siguiente forma:
Los representantes sindicales serán propuestos por cada uno de los dos sindicatos con mayor representatividad en el sector de la seguridad privada a nivel de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el resto de los casos, cada representante será propuesto por aquella asociación profesional de entre las legalmente constituidas, que cuente con el mayor número de asociados dedicados a esa actividad en el ámbito territorial del País Vasco.
5.- El vocal que representa al sector de las empresas autorizadas como centros de formación para impartir enseñanzas de formación y actualización del personal de seguridad privada, será propuesto por aquella organización empresarial, de entre las legalmente constituidas, que cuente con el mayor número de asociados dedicados a esa actividad en el ámbito territorial del País Vasco.
6.- Los entes, organismos, cargo y organizaciones con facultad para proponer representantes en los términos definidos para cada caso, también ostentan la facultad de proponer su cese, debiendo comunicar tal hecho a la mayor brevedad y por medio fehaciente al Secretario de la Comisión.
7.- El mandato de los vocales referidos en los apartados b), c), d) y e) del artículo 3, tendrá una duración de dos años, iniciándose dicho cómputo desde la fecha en que se celebre la sesión de constitución. Este mandato es renovable, por periodos de igual duración, a petición de las entidades que los hubieran propuesto, si cuentan, en esa fecha, con facultad para proponer vocales en los términos señalados en los apartados anteriores.
8.- Los vocales referidos en los apartados b), c), d) y e) del artículo 3, cesan:
a) Al expirar el periodo de dos años.
b) A propuesta de las organizaciones que hubieran propuesto su nombramiento, antes de finalizar el plazo previsto. El mandato del nuevo miembro, completará, hasta agotarlo, el mandato del miembro cesado.
Artículo 5.- La Presidencia.
La presidencia de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi realizará las siguientes funciones:
a) Representar a la Comisión.
b) Convocar y presidir las sesiones del pleno y de las comisiones o grupos de trabajo.
c) Fijar el orden del día de las sesiones de la Comisión.
d) Legitimar con su firma los acuerdos, dictámenes, informes y recomendaciones adoptados por la Comisión, comisiones y grupos de trabajo.
e) Velar por el cumplimiento de este texto y resolver las dudas sobre su interpretación.
f) Cualquier otra inherente al cargo.
Artículo 6.- La Secretaría.
Ejerce las funciones siguientes:
a) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Comisión y preparar el orden del día, por orden de la presidencia.
b) Redactar las actas de cada sesión y expedir las certificaciones de los acuerdos adoptados.
c) Custodiar la documentación de la Comisión y de los asuntos incluidos en el orden del día de sus reuniones.
d) Proceder a la elaboración y distribución de la documentación que sea necesaria o de interés para la realización de los trabajos encomendados al pleno, a las comisiones y a los grupos de trabajo.
e) Arbitrar las medidas para la adecuada coordinación de los trabajos de la Comisión, las comisiones y los grupos de trabajo.
f) Coordinar la elaboración de la memoria anual de la Comisión.
g) Cualquier otra función inherente a la condición de secretario.
Artículo 7.- La Vocalía.
Les corresponden a las personas vocales las siguientes funciones:
a) Asistir a las reuniones a las que fueran convocadas, participando en los debates, estudios, propuestas y formulando ruegos y preguntas sobre los temas tratados.
b) Ejercer el derecho a voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido del mismo y los motivos que lo justifican.
c) Solicitar, a través de la Secretaría de la Comisión, la expedición de certificaciones de las actas.
Artículo 8.- Convocatoria, constitución y adopción de acuerdos.
1.- La convocatoria de las sesiones de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi corresponde a la presidencia, a iniciativa propia o teniendo en cuenta las peticiones que realicen las personas vocales.
2.- El orden del día de cada una de las sesiones, se fijará en términos similares a lo previsto en el apartado anterior, y se reflejará en el documento al efecto, que deberá remitirse a las personas vocales, junto con el escrito de convocatoria, y, si procede, con la documentación que se considere oportuna en relación con los temas a tratar.
3.- La convocatoria de las sesiones deberá ser recibida por las personas vocales, con una antelación mínima de tres días, salvo en el caso de urgencia apreciada por la presidencia, circunstancia que debe hacerse constar en la misma convocatoria, expresando en ésta el día, la hora para la primera y segunda convocatoria, y el lugar de celebración.
4.- En la primera convocatoria, el quórum de constitución de la Comisión, es el de la asistencia de la mayoría absoluta de los miembros, entre los que se encuentren la persona que ostente la presidencia y la persona que ostente la secretaría o las personas que los sustituyan.
En la segunda convocatoria, el quórum se obtiene con la asistencia de la tercera parte de los miembros, siempre que entre éstos estén la persona que ostente la presidencia y la persona que ostente la secretaría.
5.- Los acuerdos de la Comisión se tienen que adoptar por mayoría de votos de los asistentes.
6.- La Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi en sesión plenaria se reunirá, al menos, una vez al año. A las reuniones del resto de las sesiones de la Comisión deberán ser convocados aquellas personas vocales designadas en representación de instituciones, empresas, trabajadores o colectivos cuando vayan a ser tratados temas que afecten a sus servicios o actividades, e igualmente, aquellas personas vocales expertas en dichas materias. Asimismo, podrán ser convocadas por la presidencia, con voz pero sin voto, otras personas no vocales, cuando se estime conveniente su participación en relación con los temas a tratar en la sesión.
Artículo 9.- Comisiones y grupos de trabajo.
La Presidencia, por acuerdo de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi, puede constituir comisiones o grupos de trabajo por sectores o materias, integrados por los representantes del Gobierno Vasco y por los representantes de los organismos, las asociaciones o federaciones de las empresas y las entidades y de los trabajadores del sector o sectores afectados, en el número que se considere adecuado.
Artículo 10.- Indemnizaciones.
El cargo de vocal miembro de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada en Euskadi no es retribuido, ni percibirán compensaciones de gastos por la participación en las sesiones en que tomen parte.
Artículo 11.- Régimen jurídico y de funcionamiento.
La Comisión Mixta de la Seguridad Privada en Euskadi pude elaborar su reglamento de funcionamiento interno en el marco del presente Decreto. No obstante, en lo no previsto en el presente Decreto y, en su caso, en el Reglamento citado, la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi se rige por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

El Centro Cívico Clara Campoamor de Barakaldo ha acogido un aula práctica sobre el proyecto de ley de Seguridad Privada que ha contado con la participación de representantes institucionales, cuerpos policiales y empresas del sector de todo el país.

El Centro Cívico Clara Campoamor de Barakaldo ha acogido un aula práctica sobre el proyecto de ley de Seguridad Privada que ha contado con la participación de representantes institucionales, cuerpos policiales y empresas del sector de todo el país.
Según ha informado el ayuntamiento de Barakaldo en una nota, en este encuentro se ha analizado a fondo una reforma legislativa considerada como necesaria debido a que en los últimos años han surgido nuevos escenarios dentro de la seguridad ciudadana.
La iniciativa ha sido organizada por la Asociación Europea de Profesionales para el Conocimiento y Regulación de Actividades de Seguridad Privada (Aecra), en colaboración con la empresa local Prosetecnisa y el Ayuntamiento de Barakaldo.
Han intervenido el vicepresidente ejecutivo de Aecra, Jorge Salgueiro-Rodríguez, el director de la Ertzaintza, Gervasio Gabirondo, el presidente del Grupo Prosetecnisa, José Luis Sánchez de Pedro, y el alcalde de Barakaldo, Alfonso García, que ha cerrado el encuentro.
Entre los asistentes, han destacado el director general de Interior de la Junta de Andalucía, José Antonio Varela; el jefe de gabinete de la subdelegación del Gobierno en Bizkaia, José María Agüeros, y el concejal de Seguridad del Ayuntamiento de Barakaldo, Juan Carlos Justo.
También ha habido representantes de los sindicatos CCOO, UGT y USO, de partidos políticos, compañías del sector y de grandes empresas del entorno, como BEC e Ikea, y altos cargos del Cuerpo Nacional de Policía, la Ertzaintza y diferentes policías locales.
Alfonso García ha destacado la importancia de que el sector de seguridad privada funcione bien "porque ello redundará en una mejora de la seguridad ciudadana" y por "el importante impacto que tiene el sector sobre el mercado laboral".
Además, se ha referido a la empresa Prosetecnisa que con sede en Barakaldo, tiene más de un millar de empleados en todo el país y que "se ha convertido en líder del sector de la seguridad".

sábado, 20 de julio de 2013

¿Podrá Alemania salvar unas cifras de Prosegur 'maltrechas' en España y Brasil?

Prosegur es noticia hoy porque los expertos de Deutsche Bank han emitido un informe en el que destacan que sus beneficios podrían acelerarse en el segundo semestre: “Calculamos que la depreciación de la moneda en Brasil y Argentina frente al euro (un 6% y un 19% interanual, respectivamente), además de una alza de los costes derivados de los cambios regulatorios en Brasil, se traducirá en un crecimiento menor de lo esperado en el segundo trimestre en comparación con el potencial de la empresa y el rendimiento que se espera para la segunda parte del año”.

No obstante, la firma alemana advierte que “seguimos pensando que la compañía no podrá obtener más de un sólo dígito de crecimiento en su beneficio por acción (BPA) en el periodo 2013-2015”. Todo podría cambiar si “diera un giro, antes de lo esperado, con sus operaciones en Alemania”. Deutsche Bank afirma que, hoy por hoy, y a los niveles actuales, “creemos que las acciones están correctamente valoradas y reflejan los logros de Prosegur”, por lo que recomienda mantener los títulos con un precio objetivo en los 4,15 euros.

¿Cuáles son, entonces, las expectativas del bróker alemán para los resultados del segundo trimestre que la compañía presenta el viernes 26? Estos analistas mantienen que este periodo será el trimestre más débil de este año para las ventas en Brasil (3,7% interanual), incluso si el crecimiento subyacente, ajustado por la fluctuación de la divisa, es fuerte. Además, precisan que “las ventas en España experimentarán un ligero descenso, en un esfuerzo por proteger los márgenes en unos contratos poco atractivos”.

La firma señala que “en nuestra opinión, hay pocas esperanzas de una recuperación significativa de las operaciones nacionales en el corto plazo”. Por otra parte, estos expertos sostienen que “el éxito comercial, la rápida reestructuración y el potencial de confirmación de más actividad corporativa podrían ayudar a Prosegur a alcanzar un punto de equilibrio en Alemania antes de lo esperado”.
Fuente de .:http://www.bolsamania.com/noticias-actualidad/noticias/Podra-Alemania-salvar-unas-cifras-de-Prosegur-maltrechas-en-Espana-y-Brasil--0420130719120437.HTML

viernes, 19 de julio de 2013

SEGUR IBERICA | Interior multa al Ayuntamiento por contratar a una empresa ilegal | El ministerio le impone 6.000 euros de sanción por ceder la vigilancia de los mercados a una mercantil no autorizada

El Ministerio del Interior ha impuesto dos multas de 3.000 euros cada una al Ayuntamiento de Alicante por ceder la vigilancia de los mercados municipales a una empresa de vigilancia privada que «no estaba inscrita en el registro de seguridad del Ministerio ni estaba autorizada para desarrollar actividades de vigilancia privada».
La imposición de las multas ha sido confirmada por el Juzgado Central Contencioso-Administrativo, al que el Ayuntamiento recurrió ambas sanciones impuestas por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. La sentencia, que impone también al Ayuntamiento el pago de las costas, agota la vía administrativa en primera instancia.
En la resolución judicial se considera probado que el Ayuntamiento cedió la vigilancia del Mercado Central a una mercantil no autorizada, tal como figura en la inspección efectuada el 29 de noviembre de 2010 por funcionarios de la Comisaría Provincial, en la que constan las declaraciones de los empleados de la empresa de seguridad que prestaba el servicio.
EL Ayuntamiento, por su parte, recurrió las sanciones al certificar que el contrato de vigilancia de los mercados se suscribió sola y exclusivamente con Segur Ibérica, mercantil que dispone de la autorización necesaria del Ministerio. La argumentación municipal añade que esta mercantil comunicó por escrito al «funcionario municipal responsable del contrato» que «por imperativo legal no podía prestar el servicio» y procedía a subcontratarlo con otra mercantil. La defensa municipal se apoya en que esta contratación no la hizo el Ayuntamiento directamente y que el personal contratado no hacía funciones de vigilancia, sino sólo de «mero control de acceso y comprobación del estado de las instalaciones».
Sin embargo, en la sentencia se señala que la empresa contratada y la subcontratada tienen el mismo domicilio y pertenecen al mismo grupo empresarial, insiste en que el servicio que se prestaba en los mercados era de vigilancia privada y recalca que la Ley de Seguridad Privada, en su artículo 24.3, tipifica como infracción grave «la utilización de empresas carentes de la habilitación necesaria y específica para el desarrollo de los servicios de seguridad privada», por lo que ratifica las dos sanciones de 3.000 euros cada una, impuestas por la Dirección General de la Policía y Guardia Civil.
http://www.diarioinformacion.com/alicante/2013/07/19/interior-multa-ayuntamiento-contratar-empresa/1397237.html

jueves, 18 de julio de 2013

Carta a los grupos parlamentarios en el Congreso en relación al Proyecto de ley de seguridad privada

Como Uds. saben, desde el pasado día 18 de Junio se encuentra en trámite de enmiendas en la Comisión de Interior del Congreso, el Proyecto de Ley de Seguridad Privada, una reforma de la vieja Ley 23/1992, largamente esperado por nuestro sector, que debe servir para modernizar, profesionalizar y profundizar en los resortes que este sector, empresas y trabajadores, deben ofrecer a los usuarios publico-privados y a la sociedad en general.
 
Desde el Sector de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares de la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FeS-UGT), como sindicato mayoritario en el sector, nos ponemos en contacto con Uds. con el fin de darles a conocer nuestra posición sobre el Proyecto de Ley, ofrecerles nuestra experiencia para afianzar los puntos positivos que el Proyecto contiene, y además poner en relieve aquellos otros que, a nuestro juicio, podrían mejorarse en el trámite parlamentario.
 
Así mismo, también les queremos hacer llegar , para que tomen en consideración, los aspectos que tanto la patronal del sector, como los sindicatos mayoritarios, hemos coincidido en considerar que son beneficiosos para el sector en general, en nuestro recién creado Observatorio Sectorial de Seguridad Privada, aspectos que, por venir del consenso de los agentes sociales del sector, pueden ayudarles a formarse una opinión sobre las fortalezas y, en su caso, debilidades, que conjuntamente ponemos a su consideración.
 
Quedamos pues a su disposición para hacerles llegar la posición de esta organización al respecto y de cuantas otras aclaraciones precisen al respecto, antes de que finalice el plazo de enmiendas.
 
 

UGT Euskadi alerta del envío de cartas a trabajadores con recortes laborales | Arza subraya que la ley no impide mantener la ultraactividad de los convenios

"La ley no impide la negociación de la ultraactividad en los convenios", afirmó el secretario general de UGT-Euskadi, Raúl Arza, tras descalificar las afirmaciones de la patronal vasca que señalan que los sindicatos quieren que no se cumplan la legalidad vigente. "Esto es mentira", afirmó. Según Arza, el artículo 86 del Estatuto de Trabajadores señala que la aplicación de la ultraactividad queda a disposición de la negociación de las partes.

El problema, según UGT de Euskadi, es que las patronales vascas "no han querido negociar en ningún momento" la reforma laboral del PP. Mientras tanto, cuando solo el 15% de los 125 convenios sectoriales territoriales existentes en la CAV siguen activos, UGT afirma que los empresarios están mandando "de forma masiva" misivas comunicando a trabajadores de diferentes sectores el próximo decaimiento de sus condiciones laborales, con recortes de salarios, jornada y otros derechos, por la aplicación de la reforma laboral.

La secretaria de acción sindical de UGT de Euskadi, Maribel Ballesteros, señaló que tras el 7 de julio la patronal "ha dinamitado la estructura de la negociación colectiva en Euskadi". Para Raúl Arza, la situación actual se resume en que mientras muchas empresas han comunicado ya que mantienen las actuales condiciones laborales hasta finales de año, otras compañías indican que sí mantienen el salario y la jornada pero para el resto de los puntos del convenio se remiten al convenio estatal, y hay empresas que ya avisan de cambios de salarios y horarios desde agosto.

Arza criticó la utilización "torticera" que la patronal vasca está realizando de la legislación vigente porque "todavía son posibles los acuerdos". La ultraactividad pactada entre empresarios y sindicatos permite que los convenios se mantengan en vigor más allá de la fecha marcada por la reforma laboral del PP para su decaimiento. En este sentido, el representante de UGT de Euskadi recordó que se ha prorrogado la vigencia de varios convenios colectivos a la espera de que se pueda cerrar un acuerdo.
"A fecha de hoy solo el 15% de los convenios sectoriales provinciales vascos sigue en vigor"

Recorte de salarios Lo cierto es que los sindicatos han detectado en los últimos días que buena parte de las cartas enviadas a miles de trabajadores vascos tienen un patrón común para la aplicación de las nuevas condiciones laborales: Remiten al convenio de ámbito estatal, lo que supone incrementos de jornada laboral y bajada de salarios, o sea trabajar más por menos. Según reconoce UGT, a partir del próximo año "esto será una constante en muchas subcontratas".

En esta situación va a resultar inevitable una generalización de las demandas judiciales de los trabajadores contra una "modificación sustancial" de sus condiciones laborales. En cualquier caso, según Arza, los "paganos de esta situación son los nuevos contratados laborales". A su juicio, los nuevos contratos estarán en su gran mayoría bajo el salario mínimo interprofesional y con los mínimos del Estatuto de los Trabajadores. El resultado de estas rebajas de salarios de miles de trabajadores vascos va a ser un recorte de las cotizaciones sociales y una caída de los ingresos fiscales, "que se usarán para justificar nuevos recortes".

El dirigente sindical reiteró que los convenios sectoriales son perfectamente compatibles con los de empresa que defiende ELA, pero recordó que en la CAV solo hay 971 empresas de más de 100 trabajadores. "La mayoría son pymes con menos de 10 trabajadores que difícilmente negociarán un convenio de empresa", subrayó

Seis empresas se blindan Seis empresas del metal de Euskadi han acordado convenios de empresa que "blindan" las condiciones de los trabajadoras de la reforma laboral del Gobierno de Mariano Rajoy, según fuentes del sindicato ELA. Las seis empresas que han renovado sus marcos laborales son Aluminios Alemán, Calderería Ibaizabal, Tratermisc SAL, Industrias Laip, Transformados Ibaizabal y Calderería Abadiño, según ELA.

El sindicato mayoritario en Euskadi destacó que la renovación de estos convenios colectivos demuestra que "con organización, se puede lograr que los planteamientos de las patronales sean papel mojado".

fuente de : http://www.deia.com/2013/07/16/economia/ugt-euskadi-alerta-del-envio-de-cartas-a-trabajadores-con-recortes-laborales

Alerta y Control no despedirá a los vigilantes del Madrid Arena salvo que sean condenados | La nueva adjudicataria del servicio de seguridad de Madrid Espacios y Congresos ha subrogado a la plantilla de Seguriber | En la misma hay cinco imputados por la muerte de cinco adolescentes.

Alerta y Control, la empresa de seguridad privada que se ha hecho con el contrato de seguridad de los pabellones multiusos del Ayuntamiento de Madrid, no despedirá a los vigilantes imputados en el caso Madrid Arena, al menos por el momento. "El artículo 14 de nuestro convenio colectivo obliga a la subrogación. En principio, no tenemos motivos para despedirles porque no están procesados ni condenados, solo imputados", explicó a 20minutos Juan Pedro del Castillo, director general de la compañía. "No dudo de su profesionalidad y puede que afecte a nuestra imagen, pero solo nos plantearíamos el despido en caso de que fuesen condenados", añadió. En la plantilla perteneciente a Seguriber —la anterior contrata municipal— que Alerta y Control se ha visto obligada a subrogar se encuentran Raúl Monteverde, Juan José París Nalda, José Antonio Díez Romero, Roberto Mateos e Iván Somontes Santamaría, como adelantó este martes este diario. Todos han tenido que declarar en sede judicial por su papel durante la noche en la que fallecieron aplastadas por una avalancha humana las adolescentes. También han pasado por el juzgado el aún subdirector de Seguridad de Madridec, Rafael Pastor; el coordinador de Seguridad, José Rodríguez Caamaño; y al jefe de Operaciones y Proyectos, Francisco del Amo. El Ayuntamiento, que alega que no puede tomar medidas contra los vigilantes porque no pertenecen a su plantilla, no ha despedido a estos cargos de confianza que cobran de su empresa pública, a pesar de que sí ha renovado a la cúpula directiva de Madridec dando hasta seis bajas. Evaluación Alerta y Control admite que va a evaluar las competencias y capacidades de los vigilantes imputados, al igual que hará con los que no lo están. "A partir de ahí, veremos si se ajustan a nuestras normas internas y a la ley a la hora de hacer su trabajo y si son válidos para los servicios que han ocupado o hay que destinarles a otros", concluye su director general. La normativa vigente para el sector incluye la excedencia especial en caso de que fuesen inhabilitados temporalmente para ejercer su función o de que la división de Seguridad Privada de la Policía Nacional les retirase su permiso para ejercer.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/1873013/0/vigilantes-seguridad/madrid-arena/alerta-control/#xtor=AD-15&xts=467263

fuente de .: http://www.20minutos.es/noticia/1873013/0/vigilantes-seguridad/madrid-arena/alerta-control/

Prosegur repartirá un dividendo de 0,026 euros el próximo 19 de julio

Prosegur repartirá el próximo 19 de julio un dividendo de 0,0267 euros brutos por acción que, una vez efectuada la correspondiente retención fiscal, se situará en 0,021 euros por título, según ha anunciado la compañía en una nota remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Aprobó en abril la distribución de un dividendo con cargo al resultado de 2012 de 0,1068 euros brutos, con un importe total bruto de 65,9 millones de euros.


La compañía, que fracciona en cuatro veces el pago del dividendo, comunica ahora a la CNMV que el 19 de julio procederá a distribuir el primer pago de dicho dividendo. Santander Investment, S.A. ejercerá de entidad pagadora.

fuente de .: http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/acierto-julio/economia/noticias/4988525/07/13/Economia-Empresas-Prosegur-repartira-un-dividendo-de-0026-euros-el-proximo-19-de-julio.html

Un 18 de julio marcado por la querella argentina contra el franquismo

El movimiento por la recuperación de la Memoria Histórica tiene motivos para el optimismo. Cuando se cumple el 77 aniversario del golpe de Estado militar que derivó en una cruenta Guerra Civil y en 36 años de implacable dictadura, la impunidad franquista parece estar tocando a su fin. La querella argentina, por una parte, la creación de la Plataforma por la Comisión de la Verdad, por otra, y la visita a España en septiembre de investigadores de la ONU están poniendo cerco sobre una impunidad asentada en la Ley de Amnistía de 1977 que mantiene en un limbo jurídico a las 120.000 víctimas de desapariciones forzadas de la Guerra Civil y la dictadura, los alrededor de 30.000 niños robados y una cantidad de fusilamientos llevados a cabo en nombre de la ley franquista imposible de determinar.
Información completa en :
http://www.publico.es/459068/un-18-de-julio-marcado-por-la-querella-argentina-contra-el-franquismo

miércoles, 17 de julio de 2013

Resolución de 3 de julio de 2013, de la Dirección General de Política Interior, por la que se publican las subvenciones estatales anuales para sufragar los gastos de seguridad, abonadas a las diferentes formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados durante el segundo trimestre del ejercicio 2013.


Estimados compañeros,


Resolución de 3 de julio de 2013, de la Dirección General de Política Interior, por la que se publican las subvenciones estatales anuales para sufragar los gastos de seguridad, abonadas a las diferentes formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados durante el segundo trimestre del ejercicio 2013.



 

DESCUELGUE DE VISEGUR COMPAÑIA DE SEGURIDAD | Visegur,S.A solicita a la Comisión Paritaria del Convenio Estatal de Empresas de Seguridad..."INAPLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES 2013".| SOLICITADO EL 12/07/2013


SIMA | ACTA DE DESACUERDO | retroactividad del convenio sectorial de seguridad privada 2012-2014 y correspondiente abono de los incrementos salariales para 2012 conforme al convenio anterior.

SIMA
 
ACTA DE DESACUERDO
 
EXPEDIENTE: M/323/2013/I

Mediación promovida por ATES por motivo, segun consta en la solicitud de mediación, de retroactividad del convenio sectorial de seguridad privada 2012-2014 y correspondiente abono de los incrementos salariales para 2012 conforme al convenio anterior.


Esta reunión finalizó teniendo como resultado la FALTA DE ACUERDO.

EN MADRID 11/07/2013

martes, 16 de julio de 2013

Los vigilantes del Metro vuelven a concentrarse contra los recortes de Ignacio González en la seguridad

Los vigilantes del Metro de Madrid no van a quedarse de brazos cruzados mientras Ignacio González recorta los contratos de seguridad del suburbano. Tras las protestas que protagonizaron hace un mes, mañana volverán a las calles para exigir que se mantengan las condiciones actuales. CCOO denuncia que el presidente regional reducirá un 40% las horas de vigilancia y dejará 141 estaciones sin seguridad fija.

El sindicato ha convocado esta concentración contra la nueva adjudicación de la seguridad privada del Metro mañana, 17 de julio, a las 11 horas frente a la sede del suburbano, ubicada en la calle Cavanilles 58. CCOO señala en un comunicado que “el controvertido concurso de vigilancia fue finalmente adjudicado el pasado 25 de junio a las siguientes empresas: Seguridad Integral Canaria y Ombuds (tres lotes cada una) y Segurisa y Segur Ibérica (un lote cada una)”.

Las nuevas empresas adjudicatarias deberán empezar con su actividad el próximo día 1 de agosto”, y se encargarán de este servicio durante cuatro años, con la posibilidad de prorrogar el contrato dos años más, dice el sindicato, que recuerda que “anteriormente Metro sacó a concurso el servicio de vigilancia de la red por 55,5 millones de euros/anuales, siendo posteriormente adjudicado por 49,65 millones”, y en esta ocasión “se ha partido de una licitación inicial de 48 millones/anuales para finalmente adjudicarse por 42,6 millones”.

Todo ello implicará un recorte de las horas de vigilancia anuales, desde los 3 millones a 1.806.969 horas en dos años, lo que “se traduce en 700 puestos de vigilancia menos” y en “unas 141 estaciones sin seguridad fija”, dice CCOO.

El sindicato ha intentado reunirse con Metro y la Consejería de Transportes para dejar clara su preocupación por “la pérdida de empleos y la inseguridad que puede producirse” de llevarse a cabo esta reestructuración del mapa de la seguridad en el suburbano madrileño., aunque sin éxito.

Por ello han convocado esta nueva movilización para exigir al Gobierno regional que reconsidere esta reducción del número de horas de vigilancia, “que se quiere camuflar en un nuevo modelo de seguridad basado en objetivos”.

El pasado 18 de junio CCOO, UGT, USO y ATES convocaron una concentración frente a la Consejería de Transportes madrileña para mostrar el malestar de los vigilantes del Metro con “las condiciones del nuevo contrato de seguridad para el suburbano madrileño”.

http://www.elboletin.com/nacional/80122/vigilantes-metro-seguridad-ignacio-gonzalez.html

Escoltas privados del País Vasco en paro tras la tregua de ETA piden frente al Penal del Dueso su recolocación

Escoltas privados del País Vasco en paro tras la tregua de ETA han elegido el Penal del Dueso, en Santoña, para concentrarse a lo largo de julio y agosto para exigir su recolocación y denunciar que el Ministerio de Interior no haya exigido a las adjudicatarias de la seguridad en las prisiones contratar a escoltas y permitiendo que esta función la realicen vigilantes.En un comunicado, han señalado que, tras la tregua de ETA, el Ministerio del Interior "prometió" recolocar a los escoltas privados del País Vasco y Navarra en las prisiones.Sin embargo, han denunciado que el pliego de condiciones del concurso "cerrado" que convocó el Gobierno de España entre las empresas de seguridad que prestaron servicio de protección en el País Vasco y Navarra no se hace mención a los escoltas como perfil del trabajador que había de ser contratado, tal y como se comprometió Interior.Con la entrada, en estas condiciones, de las empresas de seguridad en las prisiones, se deja a los escoltas "en la miseria" y "fuera de juego".ConcentracionesLas concentraciones junto al Penal arrancaron el pasado 2 de julio y, aunque la previsión era celebrarlas todos los días (excepto el 23 y 24 de julio) desde las 12.00 a las 19.00 horas, se ha producido un "parón" por un "contratiempo de salud" de uno de sus participantes pero en los próximos días retornarán las protestas.Además, tienen previsto comunicar a la Delegación del Gobierno en Cantabria ampliarlo hasta el 18 de agosto (excepto los días 4 y 5) en horario de 17.00 a 21 horas.Además, se ha podido saber Europa Press, están planteándose pedir una reunión con el expresidente regional, Miguel Angel Revilla.

Empleo y UGT se enzarzan por la forma de contabilizar el paro

El Ministerio de Empleo desmintió ayer “de forma rotunda” que se haya producido ninguna modificación en el método estadístico utilizado para contabilizar el número de desempleados en el mes de junio, como sostiene UGT. En un comunicado, Empleo explicó que la secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo, remitió el 10 de julio una carta al secretario de Acción Sindical de UGT, Antonio Ferrer, en la que detallaba las razones por las que no existe ningún comportamiento que no sea lineal con respecto a otros meses de junio.Según Empleo, la carta fue remitida en respuesta a la recibida el día anterior desde UGT, en la que se ponían en cuestión los datos de desempleo de junio. Hidalgo explicó que “las estadísticas de movimiento laboral registrado se confeccionan siguiendo estrictamente la metodología acordada en 2005, que se aplica desde la entrada en funcionamiento del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo” e insistió en que la particularidad de junio es que “el efecto estacional se ha aprovechado en su totalidad”. Empleo aseguró que la estadística de paro registrado se desarrolla “con el máximo rigor y transparencia, por lo que es una falta de lealtad institucional y de responsabilidad verter dudas sobre su veracidad”.UGT había asegurado que de los 127.248 parados menos registrados en junio, hasta 46.100 personas habían salido de las listas por un cambio en la estadística, no por haber encontrado un empleo.Fuentes del sindicato concretaron que ese volumen de parados se habría trasvasado a la estadística de demandantes no parados, en la que se incluye a trabajadores demandantes de empleo con un trabajo actualmente, afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE), perceptores de prestación por desempleo participantes en trabajos de colaboración social o inmigrantes con voluntad de regreso.El sindicato aseguró que Empleo no especificó cuántas personas se dieron también de baja en los registros del desempleo por el efecto desánimo en junio, ni cuántos parados tenían suspendida su demanda de empleo al cierre de la estadística.
Fuente de http://cincodias.com/cincodias/2013/07/15/economia/1373912957_630677.html

Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publican las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para vigilantes de seguridad y especialidades.

Estimados Compañeros, remitimos:

 

Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publican las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para vigilantes de seguridad y especialidades.

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viernes, 12 de julio de 2013

OMBUDS | Resolución de Inspección de trabajo | ERE, Horas Extras, Sistema de trabajo, etc | 48/0003830/13 | INSPECCIÓN DE TRABAJO DE BIZKAIA (01/07/2013)

OMBUDS COMPAÑIA DE SEGURIDAD,S.A.
INSPECCIÓN DE TRABAJO DE BIZKAIA (01/07/2013)

..."Es decir que de los 222.707,98€ ingresados, 133.286,42€ se corresponden con cotizaciones adicionales por horas extraordinarias no declaradas"...

..."Por otro lado, tambien se comprueba la incoación de varios expedientes sancionadores relacionados con el tiempo de trabajo:"

29/05//2008 - Inspección de Segovia "superación del limite legal de horas extras".
17/07/2008 - Inspección de Bizkaia "trabajadores que únicamente habían podido descansar cuatro horas entre jornadas".
01/10/2008 - Inspección de Zaragoza "incumplimientodel descanso entre jornadas".
21/10/2008 - Inspección de Valencia "superación de los límites de horas extras".
02/12/2008 - Inspección de Madrid  "superación de los límites de horas extras".
27/01/2010 - Inspección de Bizkaia  "incumplimientodel descanso entre jornadas- uno ni siquiera hubo descanso".
29/03/11 - Inspección de Gipuzkoa "superación de los límites de horas extras, habiendose comprobado trabajadores que habían realizado hasta 1.226 horas extras en 2010".
17/05/2012 - Inspección de Madrid "superación del limite legal de horas extras".

..."Por último,tambien constar varios requerimientos en relación con el tiempo de trabajo"...






..." Hay que resaltar...que la falta de ocupación efectiva por causa no imputable al trabajador siempre debe ser retribuida y si no se recuperan las horas en el mes siguiente ya no serán exigibles al trabajador"

..."lo cual no es una distribución irregular de la jornada, que implica necesariamente un calendario laboral previo...



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jueves, 11 de julio de 2013

Reportaje a Seguridad Integral Canaria


En este enlace podéis ver un reportaje de la TV Canaria sobre el departamento de contaduría de S.I.C.





OMBUDS | Asamblea informativa sobre el ERE | UGT convoca a todos y todas los trabajadores y trabajadoras de Ombuds a una asamblea informativa

Asamblea el viernes día 12 a las 17:00 h en la sede de  UGT de Barakaldo.
Asunto: Expediente de regulación de empleo ( ERE ).
Pásalo a todos los compañeros de trabajo en OMBUDS. .

OMBUDS | Asamblea de trabajadores de Ombuds

En virtud del compromiso adquirido se convoca a los trabajadores de ombuds Guipúzcoa para realizar asamblea informativa en la sede de CCOO ,c/ Carlos primero de esta capital a las 15:30 horas del viernes día 12 de julio de 2013, para la exposición de la situacion generada por la retirada del ere planteado por la empresa y por la presentación de nuevo ere y posibles medidas que vendrán derivadas de ello.
Recordar que por la importancia de los temas os ruego lo hagáis extensivo a los compañeros pertenecientes a la empresa.

La subida salarial pactada en convenio sube al 0,65% hasta junio y se producen 1.401 'descuelgues'

La subida salarial media pactada en los convenio colectivos registrados en el primer semestre de este año alcanzó el 0,65%, ligeramente por encima del dato de mayo (0,63%), pero inferior a la tasa de inflación interanual de junio, que según el INE se situó en el 2,1%.

Los datos provisionales del Ministerio de Empleo  indican que la subida salarial pactada en los convenios de empresa se situó hasta junio en el 0,65%, en línea con la cifra media de los convenios de otro ámbito.La subida salarial media de este primer semestre del año supera ligeramente las recomendaciones del Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva (ANC) que pactaron sindicatos y empresarios para el periodo 2012-2014. En dicho acuerdo se recomendaba a los negociadores de ambas partes que los aumentos salariales pactados este año no excedieran del 0,60%.En la circular sobre negociación colectiva que ha elaborado CEOE y Cepyme sobre cómo deberían proceder las empresas en los convenios de este año se recomienda que los incrementos salariales pactados en convenio no superen el 0,6% tanto en 2013 como en 2014.Las patronales precisan que no alcanzar esta cifra "no quiere decir" que haya que llegar a ella, pues "la mayoría de las empresas necesitarán una congelación salarial" en ambos ejercicios e incluso en algunos casos un recorte de sueldos.Hasta junio de este año, las autoridades laborales registraron 744 convenios colectivos, con efectos sobre 227.287 empresas y 2.076.131 trabajadores. La mayor parte de estos convenios, 390, iniciaron sus efectos económicos con anterioridad a 2013, frente a 354, que los inician este año.Empleo precisa en la información estadística que a medida que avance el año irá aumentando la cifra de convenios, tanto en el caso de los convenios con efectos económicos a partir de 2013 y, de manera especial, en el caso de los convenios plurianuales con efectos económicos en 2013.De los 744 convenios registrados hasta junio, 520 eran convenios de empresa, con efectos sobre 106.146 trabajadores, y 224 eran convenios de otro ámbito, que daban amparo a 1.969.985 trabajadores.SUBIDAS INFERIORES AL 1% EN MÁS DE LA MITAD.Más de la mitad de los convenios inscritos en los seis primeros meses del año, en concreto el 59,5%, recogían una subida salarial inferior al 1%. Quince convenios contemplaban un recorte salarial, del 2,5% de media, mientras que 241 presentaban congelación de sueldos.Dentro de los convenios de empresa, doce recogían bajadas salariales, del 2,45% de media, en tanto que en 202 los salarios se congelaron. En el caso de los convenios de otro ámbito, uno de ellos contemplaba un recorte salarial del 5%, mientras que 39 congelaron los sueldos.De los 520 convenios de empresa registrados hasta junio, 471 pertenecían a empresas privadas, con una subida salarial media del 0,70%, mientras que 31 pertenecían a empresas públicas, dos a la Administración del Estado, y 16 a administraciones autonómicas. En las empresas públicas, la subida salarial media era del 0,06%, mientras que en los convenios de la administración estatal y autonómica era del 0,0% y del 0,04%, respectivamente.Por sectores, la mayor alza salarial pactada la registró la agricultura (+1,30%), seguida de los servicios (+0,70%), la construcción (+0,64%) e industria (+0,51%).1.401 'DESCUELGUES' HASTA MAYO.La estadística de Empleo revela además que en el mes de junio se registraron 233 inaplicaciones de convenios, que afectaron a 8.106 trabajadores. En el acumulado de los seis primeros meses del año, son 1.401 los 'descuelgues' registrados por las autoridades laborales, con efectos sobre casi 90.000 trabajadores.Casi el 80% de los trabajadores afectados por inaplicaciones se concentra en el sector servicios. Asimismo, el 66% de los trabajadores afectados está empleado en empresas de 250 trabajadores o más.El descuelgue de los convenios supone la revisión de las condiciones laborales en las empresas. La reforma laboral introducía mayor facilidad para que empresarios y trabajadores pudieran pactar estas inaplicaciones.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/la-subida-salarial-pactada-en-convenio-sube-al-0-65-hasta-junio-y-se-producen-1-401-descuelgues/20130710195611094623.html

miércoles, 10 de julio de 2013

Raul Arza en defensa de los astilleros vascos

Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de la empresa Servimax Servicios Generales, SA, publicado en el BOE de 18 de julio de 2012 (código de Convenio n.º 90011802011998) que fue suscrito con fecha 30 de mayo de 2013

 


Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del Convenio colectivo de la empresa Servimax Servicios Generales, SA, publicado en el BOE de 18 de julio de 2012 (código de Convenio n.º 90011802011998) que fue suscrito con fecha 30 de mayo de 2013, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y, de otra, por las secciones sindicales FES UGT y FTSP USO, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
 
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
 
Primero.
 
Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
 
Segundo.
 
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de junio de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERVIMAX SERVICIOS GENERALES, S.A.
 
En Madrid, siendo las 10:00 horas del día 30 de mayo de 2013, se reúnen en la sede de la empresa Servimax Servicios Generales, S.A., calle Santa Sabina, 8, Madrid, asistiendo de una parte los representantes de la empresa, así como la parte social, constituida por los Sindicatos FED.AADD. de FES UGT y FTSP USO, que a continuación se relacionan.
 
PDF de la disposición

Muchos empresarios están comunicando a los trabajadores la perdida de vigencia de los convenios de aplicación respectivos y la consiguiente modificación de sus condiciones laborales.


¡¡¡OJO!!!




 
El día 8 de julio finalizaba el límite de un año dado por la L3/2012 de reforma laboral a la prórroga automática de los convenios denunciados y pendientes de renovación.
 
Desde finales de junio muchos empresarios están comunicando a los trabajador@s la perdida de vigencia de los convenios de aplicación respectivos y la consiguiente modificación de sus condiciones laborales.

Tod@s los que estéis recibiendo estas cartas es muy importante que lo comuniquéis inmediatamente al sindicato ya que el plazo para la reclamación ante los tribunales es de 20 días hábiles desde la notificación al trabajador/ara del cambio de condiciones laborales.

 
Sin otro particular, recibid un cordial saludo:

 Los empresarios aseguran que «los sindicatos no querían cumplir la ley»

http://historiadelaseguridadprivada.blogspot.com/search/label/1983

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